Para realizar cargos o cobros por concepto de prestación de servicios financieros y no financieros, las entidades deberán probar que tienen la aceptación previa y expresa de los clientes.
El viernes 11 de febrero se publicó en el Registro Oficial La Ley Orgánica para Defender los Derechos de los Clientes del Sistema Financiero Nacional y Evitar Cobros Indebidos y Servicios No Solicitados, con lo cual entra en vigencia la normativa.
El pasado miércoles 2 febrero de 2022 la Asamblea Nacional se ratificó en el texto original del cuerpo legal con lo cual se reforma el Código Monetario y Financiero, la Ley de Defensa del Consumidor y la Ley de Telecomunicaciones.
La norma establece un límite de cobranzas mediante llamada, mensajes o correo electrónico; el plazo para la devolución de productos y cambios de planes sin cobros adicionales.
Con la ley:
- Se prohíbe el hostigamiento por cobranzas
- Controles sobre servicios de la banca
- Los clientes tienen el derecho de dirigir reclamos y peticiones en cualquier agencia o sucursal de las entidades financieras, órgano de control y defensor del cliente
- Las entidades financieras deben atender y responder al usuario en un plazo máximo de 15 días.
- Negativa al acceso a su información y datos personales crediticios por medios físicos o digitales, que consten en cualquier base de datos de las entidades del sistema financiero nacional.
- El usuario tiene el derecho de devolver, cambiar o suspender un producto o servicio cuando estén insatisfechos o cuando no cumple sus expectativas.
- El plazo para realizar cambios o devoluciones es de 15 días posteriores a la entrega del producto, en el estado en que se los recibió.
- Se establecen reformas a la Ley de Telecomunicaciones donde se hacen cambios a los derechos de los abonados, clientes y usuarios de ese servicio.

Fuente: Pichincha Universal, Republica del Banano.