Ante una posible negligencia manifiesta, la Judicatura dicta la medida preventiva de suspensión contra Juan Paredes, juez que resolvió en caso EL UNIVERSO

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La madrugada de este miércoles 31 de agosto, el pleno del Consejo de la Judicatura (CJ), dictó la medida preventiva de suspensión contra el juez Juan Paredes, luego de recibir y analizar una denuncia ante una presunta negligencia manifiesta en sus actuaciones como juez en el caso denominado EL UNIVERSO.

Contra Paredes existe un sumario disciplinario, abierto el 25 de abril pasado, al haber incurrido en una negligencia manifiesta y error inexcusable al emitir, el 20 de julio de 2011, una sentencia por supuesta injuria calumniosa, en la que condenó a tres años de prisión al editor de Opinión de Diario EL UNIVERSO, Emilio Palacio, y a tres directivos de este medio de comunicación, además de una indemnización de $ 40 millones para el entonces presidente Rafael Correa.

La medida de suspensión fue adoptada por mayoría de votos en el pleno de la Judicatura que sesionó entre la noche del martes y madrugada del miércoles últimos. Paredes es suspendido por sus actuaciones como juez Décimo Quinto de Garantías Penales del Guayas, pese a que hoy se desempeña como juez de la Sala Especializada de lo Penal de la Corte Provincial de Justicia del Guayas.

El proceso administrativo contra el juez Juan Paredes nació de una denuncia planteada, el 21 de marzo pasado, por César Pérez Barriga, director de Diario EL UNIVERSO. A la denuncia se adjuntó la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) que determinó, en noviembre de 2021, “la responsabilidad del Estado ecuatoriano por haber violado la Convención Americana de Derechos Humanos, en la tramitación penal” presentado por el ahora expresidente Correa contra un artículo de opinión titulado ‘No a las mentiras’.

Después de que a Paredes se le inició un sumario disciplinario y desde la delegación del CJ del Guayas se recomendó su destitución, el juez penal presentó una denuncia de tipo administrativo contra María Josefa Coronel y Katherine Calderón, directora provincial y directora del Ámbito Disciplinario de la Judicatura en la provincia del Guayas, respectivamente.

Aún no se informa desde el CJ si la denuncia planteada ha pasado o no el examen de admisibilidad que se debe dar en la Dirección Nacional de Control Disciplinario de la Judicatura.

En el numeral 7, del artículo 109 del Código Orgánico de la Función Judicial se habla de las faltas gravísimas definidas en la normativa y que ante ellas se impondrá la sanción de destitución a quien actúe con dolo, manifiesta negligencia o error inexcusable. (I)

Fuente: Diario El Universo, Republica Del Banano

Un comentario Agrega el tuyo

  1. Carlos Soto. S dice:

    Después de tanto tiempo recién se dan cuenta de aquello ?..por siaca pueden revisar el fallo sobre el influjo psíquico con el que condenaron a Rafael ? o eso no procede ?…pregunto nomás

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